El próximo mes de abril deben realizarse las liquidaciones de IVA y PAGOS FRACCIONADOS del primer trimestre, por eso rogamos nos hagan llegar los datos correspondientes, o los libros registro de contabilidad.
Si han realizado OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS, será necesario que nos aporten las facturas de clientes o proveedores.
En el caso de ser ustedes RETENEDORES DE INMUEBLES ALQUILADOS, rogamos nos faciliten fotocopia de los recibos de alquiler del trimestre mencionado.
Recordamos que el próximo vencimiento es:
20/04/2026 (Domiciliaciones de impuestos, cinco días anteriores al vencimiento).
IRPF:
Retenciones del Trabajo
Retenciones del Capital Mobiliario
Retenciones del Capital Inmobiliario
Pago a cuenta Actividades Empresariales y Profesionales.
IVA:
Liquidaciones trimestrales
IMPUESTO DE SOCIEDADES:
Pago a cuenta.
Nota importante:
Para poder domiciliar el pago de los impuestos es necesario que se presenten telemáticamente cinco días antes del vencimiento, por lo que es necesario que nos hagan llegar los datos antes del día 14.

